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17 Pero si el gobernante regala parte de su terreno a uno de sus servidores, sólo será suya hasta el año de liberación, en el que volverá a ser propiedad del gobernante y quedará como herencia de sus hijos. 18 El gobernante no tiene derecho de despojar a nadie de su propiedad. Lo que dé a sus hijos como herencia, deberá dárselo de sus propiedades; así nadie se quedará sin su propiedad ni se dispersará mi pueblo.»

Las cocinas del templo

19 Luego el hombre me llevó, por la entrada que había al lado de la puerta, a los cuartos que daban hacia el norte y que estaban consagrados exclusivamente para los sacerdotes. Señalándome un lugar hacia el occidente, por la parte de atrás,

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